Director del Consultorio Jurídico - Consultorio Jurídico
La Universidad se encuentra en la búsqueda de un Director de Consultorio Jurídico para la Facultad de Derecho en la ciudad de Medellín, cuyo objetivo es garantizar el espacio para la capacitación jurídica de los estudiantes de la Facultad de Derecho, en lo que respecta a su práctica profesional, y la proyección social de la Institución, dando cumplimiento a las Leyes que exigen, además de otros requisitos, cursar y aprobar dicha práctica para la obtención del título profesional.
Las funciones a realizar son:
1. Organizar y ejecutar, previo el concepto del Comité Consultivo, todos los programas de índole académica relacionados con la práctica del Consultorio Jurídico.
2. Elaborar un cronograma de reuniones de carácter evaluativo con los docentes asesores.
3. Realizar diariamente el reparto de los asuntos recepcionados en el Consultorio Jurídico y los que lleguen de otras instancias.
4. Autorizar con su firma, a través de carta de presentación, la gestión de los practicantes en los Despachos judiciales o administrativos.
5. Coordinar la gestión del Consultorio Jurídico ante autoridades judiciales o administrativas, en los diferentes despachos del Estado, personas jurídicas de carácter privado y demás instituciones organizadas con quienes se hayan celebrado convenios interinstitucionales.
6. Realizar la programación semestral de turnos para la atención de usuarios en el Consultorio Jurídico.
7. Recibir y tramitar las quejas presentadas contra los estudiantes, asesores y personal en general del Consultorio Jurídico, resolviendo las que sean de su competencia o remitirlas al funcionario competente para su gestión.
8. Señalar las fechas de entrega de los informes de práctica, de las respectivas áreas de desempeño de acuerdo con las actividades académicas de la Facultad.
9. Rendir informes ante el Decano de la Facultad de Derecho o ante la Vicerrectoría Académica cuando aquel lo considere pertinente, de las actividades realizadas durante el semestre académico en el Consultorio Jurídico.
10. Cumplir con las atribuciones y funciones establecidas por la ley en calidad de Director del Centro de Conciliación.
11. Determinar con el comité de práctica, los asuntos que serán recibidos en el Consultorio Jurídico y en todo caso se dará cumplimiento de lo que establecen las Leyes vigentes, con respecto a la competencia general del Consultorio Jurídico.
12. Autorizar el archivo del material abonado a las carpetas de desempeño de los estudiantes practicantes, previo el concepto del asesor del área respectiva.
13. Dirigir los servicios del Centro de Conciliación, velando siempre porque los trámites se realicen con transparencia, diligencia, cuidado y responsabilidad, a fin de que pueda surtir sus efectos de manera eficiente y oportuna, de conformidad a la ley, al acuerdo 006 del 10 de Julio de 2014, las reglas de la ética y las buenas costumbres.
14. Velar en todo momento porque la prestación de los servicios que brinde el Centro de Conciliación se hagan de acuerdo a la Constitución, a la ley y a la ética, con total transparencia, diligencia, cuidado y responsabilidad, de manera eficiente, ágil y consultando siempre los principios de equidad y justicia.
15. Definir y coordinar los programas de difusión, investigación y desarrollo con los distintos estamentos educativos, gremiales y económicos.
16. Coordinar con otros centros de conciliación, con universidades y con la Dirección de Prevención y Conciliación del Ministerio de Justicia y del Derecho, labores de tipo académico, relacionadas con difusión y capacitación y cualquier otro programa que resulte de mutua conveniencia.
17. Desarrollar programas de capacitación para los conciliadores del centro, de conformidad con los programas diseñados para el efecto y expedir los correspondientes certificados.
18. Designar para cada asunto el conciliador, teniendo en cuenta que sólo puede ser designado quien esté inscrito como tal en el centro. Estarán inscritos aquellos estudiantes que se encuentren matriculados en el Consultorio Jurídico y que hayan cursado y aprobado los cursos exigidos por el plan de estudios.
19. Registrar en el SICAAC los datos relacionados con los conciliadores, estudiantes capacitados y con los trámites que se adelanten ante el centro. Esta información deberá ser registrada a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes a aquel en que el centro asuma el conocimiento del caso o a la generación de la respectiva documentación, según sea el caso.
20. Verificar el desarrollo de las audiencias y el cumplimiento de los deberes de los conciliadores, que fueren designados por el centro, elaborando los informes pertinentes.
21. Expedir a quien lo solicite copia auténtica de las actas de conciliación y de las constancias cuando a ello hubiere lugar, siempre que el trámite se haya surtido en el centro.
22. Notificar al conciliador sobre la designación como tal en un asunto determinado.
Verificar que los aspirantes a integrar las respectivas listas oficiales de conciliadores, cumplan con los respectivos requisitos señalados en la ley y en el acuerdo 006 del 10 de Julio de 2014.
23. Diseñar los programas de educación continuada, de acuerdo con las directrices trazadas en acuerdo 006 del 10 de Julio de 2014 y expedir las certificaciones a que hubiere lugar.
24. Las demás que le sean asignadas por el jefe inmediato y que corresponda al objetivo del cargo.
Para participar de la convocatoria, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser Abogado titulado, con especialización en cualquiera de las áreas del Derecho.
- Tener experiencia docente no inferior a cinco (5) años.
-Tener mínimo cinco (5) años ejerciendo como Abogado.
- Contar con acreditación como conciliador.
Contarás con:
-Dedicación medio tiempo.
-Contrato a término fijo.
-Remuneración: $2.425.500
Salario base: $1.697.850 (Constitutivo) + Auxilio de vida cara: (No constitutivo) $727.650
¡Anímate a participar!
Requisitos
Estudios
Valorado
Experiencia profesional
Sobre Institución Universitaria Visión de las Américas
Espíritu Fundacional.
Una Fundación de Educación Superior, de carácter privado, de utilidad común, y sin ánimo de lucro, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, cuyo carácter académico es el de Institución Universitaria y actúa en los siguientes campos de acción: el de la técnica, el de la ciencia, el de la tecnología, el de las humanidades, el del arte y el de la filosofía.” El Proyecto Educativo Institucional tiene como norte la normativa que regula la Educación Superior en Colombia, los estatutos fundacionales, la Misión y la Visión, ejes sobre los cuales giran todas las actividades de docencia, investigación y extensión.
Es la intención de los fundadores de la Institución, formar personas que interpreten la realidad de la comunidad de manera que promuevan soluciones a las diferentes problemáticas desde la aplicación de sus saberes y calidades ciudadanas, propendiendo por el desarrollo técnico, tecnológico, científico y cultural y el mantenimiento de los valores sociales de esa comunidad.